lunes, 14 de septiembre de 2009

MANUAL DE CONVIVENCIA-CORRECTIVOS Y DEBIDO PROCESO

CAPITULO XI. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS.
ARTICILO 28. Para ejercer cualquier acción disciplinaria se contemplarán como circunstancias atenuantes a la comisión de la falta las siguientes:
a. Buena conducta anterior.
b. Confesar la falta oportunamente.
c. Procurar a iniciativa propia, resarcir el daño causado o el perjuicio.
Ante cualquier falta del estudiante; se promoverá el dialogo permanente y sincero brindando al estudiante la oportunidad de que reconozca su falta y busque por iniciativa propia reparla o corregir su comportamiento.
Ley 1098 ARTICULO 41. Numeral 34. Asegurar la presencia del niño, niña o adolescente en todas las actuaciones que sean de su interés o que los involucren cualquiera sea su naturaleza, adoptar las medidas necesarias para salvaguardar su integridad física y psicológica y garantizar el cumplimiento de los términos señalados en la ley o en los reglamentos frente al debido proceso. Procurar la presencia en dichas actuaciones de sus padres, de las personas responsables o de su representante legal.
ARTICULO 29. Los alumnos que incurran en algunas de las conductas contempladas en los CAPITULOS IX Y X, serán objeto de sanción o sanciones de acuerdo a la gravedad y la repetición de la falta.
ley 1098/2006: ARTICULO 41. Numeral 34: Asegurar la presencia del niño, niña o adolescente en todas las actuaciones que sean de su interés o que los involucren cualquiera sea su naturaleza, adoptar las medidas necesarias para salvaguardar su integridad física y psicológica y garantizar el cumplimiento de los términos señalados en la ley o en los reglamentos frente al debido proceso. Procurar la presencia en dichas actuaciones de sus padres, de las personas responsables o de su representante legal.
a. Amonestación en privado y verbalmente.
b. Nota enviada al padre sobre el hecho
c. Si vuelve a presentarse la conducta
d. Constancia en el observador y firma del alumno.
e. Presencia de los padres en el establecimiento que firmaran también el observador y establecerán compromisos.
f. Notificación al Consejo Académico que evaluará las acciones cometidas por el alumno y propondrá los correctivos pedagógicos a continuar.
g. Firma de contrato pedagógico.

NOTA: Si la falta cometida por el alumno corresponde al literal “j” de las faltas que afectan a la conducta; el alumno deberá reparar el daño restituyendo al afectado un objeto equivalente al dañado y el literal “d” el objeto será retenido por el educador será el padre de familia quien lo reclame.

ARTICULO 30. El alumno que considere que ha sido acusado injustamente podrá hacer las aclaraciones pertinentes aportando pruebas de lo afirmado por él, utilizando el conducto regular.


ARTICULO 12. CODIGO DEL MENOR.

NUMERAL 2. ... Se dará en particular al niño la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la Ley Nacional”.

ARTICULO 31. De comprobada acción injusta del alumno se hará constancia en el observador.

ARTICULO 32. Al estudiante que se le comprueben faltas que atenten contra la vida o integridad de los compañeros será enviado para la casa con taller por espacio de 1 a 3 días hasta que se prevea correctivos que eviten las venganzas entre estudiantes y/o familiares

ARTICULO 33. Al estudiante que después del proceso incurra repetidas ocasiones en el literal “l” se citará al padre y se establecerá compromisos de presencia del padre y acompañamiento de esta para con el estudiante hasta de 3 días a la semana en el aula de clase y durante la jornada escolar.

Si la dificultad persiste y la conducta del estudiante entorpece y/o perjudica la actividad académica del grupo y de los compañeros, el estudiante será enviado para la casa con talleres por periodo de un día hasta que la actitud del joven cambie y se logre un mayor compromiso de la familia

CORRECTIVOS PEDAGOGICOS:

Cuando el alumno incumpla con las actividades asignadas tendientes a mantener un buen rendimiento académico se seguirá el siguiente proceso como generalidad pero según la falta el proceso será especifico como lo indica el cuadro.
a. Llamada de atención al estudiante por parte del profesor para escuchar sus descargas y llegar a un acuerdo, el cual será notificado personalmente al alumno ó padre de familia y quedará constancia escrita.
b. Si agotada esta instancia el alumno persiste en su mal rendimiento académico, el paso pasará a la comisión de evaluación quién llamará al alumno, hará u análisis de su caso y ofrecerá estrategias tendientes a mejorar (con notificación al padre de familia).
c. Si a pesar de lo anterior, el estudiante no mejora, se citará el padre de familia en comisión de evaluación, con el objeto de analizar la situación, particular, y llegar a acuerdos ó compromisos.
d. Si cumplido este trámite el alumno no mejora el caso pasará al consejo académico, quien aplicará las sanciones tendientes a hacer efectivo el cumplimiento del deber, de 1994 y otros).

CORRECTIVOS PEDAGOGICOS QUE SERÁN APLICADOS A LOS ALUMNOS

FALTA
A. Llevar el uniforme en forma indebida, presentarse con el que no corresponda, además del descuido en la apariencia y presentación personal que desdigan de la formación que está recibiendo.
PROCESO CORRECTIVO
1. Llamado de Atención.
2. Citar al Padre de Familia.
3. Firmar convenio con el Padre de Familia.
4. Firmar en el Observador.
5. Firmar el Contrato Pedagógico Familia.
6. Remisión del Padre de Familia a comisaría de Familia.
7. Observación del estudiante o padre de familia.
8. Acuerdos
CONDUCTA ESPERADA
* Que el niño presente su presentación personal y no sea motivo de segregación.
* Compromiso del Padre de Familia en el Cumplimiento de este aspecto.

B. La Impuntualidad para presentarse a las actividades que requieran de su presencia. 1. Llamado de Atención verbal y por escrito pidiendo excusa a la Familia de la no asistencia del niño.
2. Anotación en el Observador.
3. Observación del estudiante o padre de familia.
4. Acuerdos. * Presentarse a tiempo a todas las actividades y en caso de inasistencia presentarse desatrazado y con la excusa por escrito y firmado por el Padre de Familia.

C. Saboteo en las clases con silbidos, gestos y frases de mal gusto que impidan el normal desenvolvimiento de las mismas.
1. Nota al Padre de Familia.
2. Llamado de Atención.
3. Firma del Observador.
4. Citación al Padre de Familia.
5. Firmar el Contrato Pedagógico.
6. Se sugiere cambio de Institución y se le cambia.
7. Observación del estudiante o padre de familia.
8. Acuerdos. * Interiorización de la norma por parte del estudiante.
*Compromiso de los Padres en el Proceso de Formación del Estudiante en la Interiorización de la norma.

D. Negarse a contribuir con el aseo y la buena presentación del aula de clases y a demás dependencias de la escuela. 1. Llamado de Atención.
2. Reivindicación de su compromiso haciendo el aseo durante 2 días consecutivos.
3. Observación del estudiante o padre de familia.
4. Acuerdos * Desarrollar sentido de pertenencia con la Institución.

E. No llevar oportunamente la información enviada a los Padres o Indisponer el hogar con la escuela llevándola distorsionada. 1. Cita al Padre de Familia y Estudiante.
2. Firma Observador.
3. Observación del estudiante o padre de familia.
4. Acuerdos. * Manejar una buena comunicación, llevando oportunamente la información a la casa.

F. Irrespeto a los símbolos patrios. 1. Dialogo con el Estudiante
2. Nota a los Padres de Familia.
3. Anotación en el Observador.
4. Observación del estudiante o padre de Familia.
5. Acuerdos. * Demostrar respeto a los símbolos patrios en los diferentes espacios.

G. Agredir de hecho o de palabra a un compañero, profesor, padre de familia o cualquier integrante de la comunidad educativa. 1. Nota a los Padres.
2. Firma en el Observador.
3. Recopilación de Conductas repetitivas que afectaran en la hoja de vida, Firmas en el Observador en 5º.
4. Cita Padre de Familia y estudiante para elaboración de contrato pedagógico.
5. Remisión a buen vivir, comisaría de Familia o especialistas para trabajar agresividad.
6. Se sugiere traslado y se ubica el niño.
7. Observación del estudiante o padre de familia.
8. Acuerdos. * Que haya disminución en su agresividad.
* Practique normas de buen comportamiento.

FALTA
H. Hacer bromas o comentarios para ridiculizar la apariencia física, las condiciones económicas, el origen o las creencias religiosas de sus compañeros y demás personas del Centro Educativo. 1. Nota de Información a los padres de Familia.
2. Anotación en el Observador.
3. Citación al Padre de Familia y estudiantes para elaboración de contrato pedagógico.
4. Observación del estudiante o padre de familia.
5. Acuerdos. * Demostrar respeto hacia todas las personas que lo rodean.

I. Proferir insultos, amenazas, y ofensas contra cualquier integrante de la comunidad educativa; así como divulgar chismes, o habladurías sin fundamento. 1. Nota a los Padres de Familia.
2. Firma en el Observador.
3. Recopilación de conductas repetitivas afectaron la hoja de vida en el grado 5º o persiste con estas.
4. Cita a Padre de Familia y Estudiante para elaboración de contrato pedagógico.
5. Remisión a buen vivir, comisaría de Familia o especialista para trabajar agresividad.
6. Se sugiere traslado y se ubica el niño.
7. Observación del estudiante o padre de familia.
8. Acuerdos * Que disminuya su comportamiento agresivo.
* Practique normas de buen comportamiento.

J. El porte de armas o cualquier elemento, que fácilmente pueda hacer presumir su uso contra la vida e integridad física de las personas, compañeros. 1. Llamado de atención a partir de la lectura del manual de convivencia y concientizar al estudiante del comportamiento.
2. Cita a la Familia para informar el comportamiento.
3. Anotación en el Observador.
4. Elaboración de Contrato Pedagógico.
5. Remisión a Buen vivir, comisaría de familia o especialistas para trabajar la agresividad.
6. Se sugiere traslado y se ubica el niño.
7. Observación del estudiante o padre de familia.
8. Acuerdos. * Qué el Joven interiorice la norma en su entorno familiar y social.
* Qué identifique las consecuencias de su conducta tanto para él, como para la comunidad en general.


K. Presentarse al establecimiento en estado de embriaguez o drogado. 1. Cita a la Familia para informar el comportamiento.
2. Remisión a Buen Vivir y comisaría de familia.
3. Observación del estudiante o padre de familia.
4. Acuerdos. * Que el Joven demuestre cambios significativos y no vuelva a presentar la conducta.

L. Portar o traficar dentro o fuera del establecimiento con sustancias alucinógenas o enervantes. 1. Citar a la Familia para informar el Comportamiento.
2. Remisión a Buen Vivir y comisaría de familia.
3. Observación del estudiante o padre de familia.
4. Acuerdos. * Que el Joven no vuelva a presentar la Conducta.
M. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra la vida. 1. Conversatorio basado en el Manual de Convivencia y el valor de la vida. Si persiste se realizará lo mismo del número K-L.
2. Observación del estudiante o padre de familia.
3. Acuerdos. * Que el Joven no vuelva a presentar la Conducta.

N. Atenta contra el patrimonio cultural y ecológico. 1. Conversatorio con el Estudiante sobre la importancia del cuidado del medio ambiente y el patrimonio cultural.
2. Anotación en el Observador.
3. Conducta de reposición al daño. Causado o hecho.
4. Observación del estudiante o padre de familia.
5. Acuerdos.
* Que el Joven asuma una conciencia hacia el cuidado de su entorno y el patrimonio cultural.

Ñ. Apropiarse de útiles y elementos que sean de sus compañeros o de los profesores 1. Dialogo con el estudiante y acudiente.
2. Compromiso.
3. Firma en el Observador.
4. Contrato Pedagógico.
5. Observación del estudiante o padre de familia.
6. Acuerdos. * Que el Joven no vuelva a presentar la conducta.

O. Causar daño contra los útiles de sus compañeros, muebles, enseres.
1. Dialogo con el estudiante y acudiente.
2. Compromiso.
3. Firma en el Observador.
4. Contrato Pedagógico.
5. Observación del estudiante o padre de familia.
6. Acuerdos Que el Joven no vuelva a presentar la conducta.

P. Poco interés a los llamados de atención, rebeldía o desacato. 1. Dialogo con el Estudiante y Acudiente.
2. Compromiso.
3. Contrato Pedagógico.
4. Anotación en la Hoja de Vida.
5. Observación del estudiante o padre de familia.
6. Acuerdos * Demostrar respeto a los llamados de atención hechos.
* Tomar una actitud de escucha y respeto.

PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
Cuando se ha incurrido en la infracción de uno de los deberes, derechos y/o prohibiciones, se debe llevar con el alumno el debido proceso el cual consta de cinco pasos fundamentales:

LA LEGALIDAD DE LA FALTA
El alumno no podrá ser juzgado por una falta que no aparezca especificada dentro del Manual de Convivencia, exceptuándose aquellas que sean sancionadas por la Ley.
Para la sanción se tendrán en cuenta aquellas faltas consideradas leves, graves y gravísimas.

LEGALIDAD DE LA SANCIÓN
Para la aplicación de una sanción que no esté contemplada en el manual de convivencia, se tendrán en cuenta las sustentaciones legales de la Constitución Política de Colombia, de la Ley 115, del decreto 1860, las orientaciones y principios Generales y los criterios del Manual de Convivencia. Es importante tener en cuenta que la sanción debe ser proporcional a la falta.

EL DEBIDO PROCESO
El procedimiento tiene los siguientes pasos:
Establecer quién es la persona competente para sancionar:
De conformidad con lo establecido en la Ley General de Educación y en el Decreto 1860, el competente para sancionar una falta en el establecimiento educativo es el Rector o Director. Previo procesos llevado y consignado en el observador del alumno, el director de grupo o el profesor que conoció la falta.
Forma del proceso:
Para todas las faltas el proceso se llevará por escrito.
La garantía de la defensa:
Dentro de la garantía de la defensa debe partirse de varias situaciones:
Escuchar la versión del inculpado: En todos los casos y en todas las circunstancias de los hechos, lo primero que se hará es llamar al alumno y escucharlo en versión libre, para que cuente cómo sucedieron las cosas; a partir de este momento se inicia la investigación.
Notificación de cargos: en este momento se le debe informar al alumno cuáles son los hechos que se le imputan de acuerdo con los resultados de la investigación.
Determinar la falta: se debe informar al alumno en que parte del Manual de Convivencia aparece consignada la falta procediendo a leérsela en voz alta.

Calificación de la falta: de acuerdo con el Manual de Convivencia, debe establecerse si la falta es leve, grave o gravísima, y a qué tipo de sanción corresponde.
Prueba: se deben presentar las diferentes pruebas recogidas, incluyendo testimonio de los profesores y de los alumnos, e igualmente la confesión del inculpado.
Término para descargos:
Se debe informar al alumno de cuánto tiempo dispone para controvertir las pruebas existentes, pedir nuevas pruebas y/o aportar a las que considere necesarias para demostrar su inocencia o desvirtuar las que han presentado en su contra.

COMUNICACIÓN
Todo el proceso llevado a cabo en el manejo de faltas graves y gravísimas debe comunicarse por escrito tanto estudiantes implicados como a sus padres y dejar constancia escrita i firmada por todas las partes en el CENTRO EDUCATIVO, dar a conocer al consejo directivo; si los hechos son causa de retiro de la institución.

DECISIÓN O SANCIÓN
La decisión o la sanción estarán dadas con base en las pruebas allegadas al proceso; a nadie se le podrá condenar o juzgar dos veces por el mismo hecho, por la misma conducta o por la misma infracción.
La decisión puede determinar una absolución de la persona si no se logró probar, (cuando hay varios alumnos implicados en un proceso) se debe especificar quienes quedan implicados en la falta y el nivel de responsabilidad de cada uno. La sanción debe hacerse mediante resolución, si se trata de privación de actividades, de suspensión del establecimiento, o de exclusión de la institución.
Las faltas leves no ameritan que tengan reposición, ni que se haga una resolución; basta con hacer la anotación de la falta o levantar un acta que el alumno firme; en todos los casos en que se haga una anotación a un alumno se le dará la posibilidad de manifestar lo que tenga que decir al respecto de los hechos y hacer la correspondiente anotación, el alumno escribirá con su puño y letra si está o no de acuerdo con lo que escribe la persona que hace la anotación.

LA REPOSICIÓN
La reposición es contra la resolución. En la resolución se debe decir qué recursos cabe contra la medida. La reposición la resuelve el mismo rector pero éste podrá llamar a Otras personas como asesores, para mirar los descargos que se presentaron y los argumentos que se escriben en la reposición y sustentarlos. En una reposición el alumno puede pedir que se absuelva o que se le rebaje la sanción; en caso de no resolvérsele lo que podrá recurrir a la apelación.
La apelación se hace ante el Consejo Directivo (Ley General de Educación y Decreto 1860).
En todo proceso que pueda afectar al alumno se debe respetar siempre su derecho a:
- Que se le siga el debido proceso.
- La rectificación en condiciones de equidad.
- Recibir información sobre sus derechos.
- Que su familia sea informada sobre su situación y sobre los derechos que tiene.
- Conocer y aplicar el Manual de Convivencia.
- Comunicarse libremente con sus padres o acudientes.
- Recibir los servicios de personas con la formación profesional requerida, dado que sus derechos prevalecen sobre los demás.
- Comunicarse reservadamente con el Defensor de Familia, su apoderado, representante o el juez de menores o de familia.
- Recibir información sobre los medios de reeducación implementados para ellos.

RECURSOS:
Toda decisión asumida que consista en una sanción para el alumno podrá ser objeto de reclamación o recurso interpuesto directamente por el alumno o por medio de sus padres, acudientes o representantes, impuesto el recurso tendrá un efecto suspensivo sobre la sanción mientras se resuelve.
Todo recurso debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la correspondiente sanción y será resuelto en un término de máximo quince (15) días hábiles siguientes después de haberse recibido el recurso.
Si el recurso se interpone en la misma reunión que decide la sanción bastará hacerlo constar en el acta.
En caso contrario debe hacerse por escrito para lo cual no hay formalidades especificas.
Puede presentar acción de tutela, siempre y cuando considere violados sus derechos fundamentales.
En caso de dificultades comporta mentales y/o académicas el alumno y el padre de familia deberán utilizar el siguiente conducto regular, para hacer efectivo un debido proceso: Profesor, Titular de Grupo, director, consejo académico y Consejo Directivo. Cuando no se siga el conducto regular, la persona a quien se le consulta, deberá remitir al consultante al seguimiento del conducto regular.
Cuando el alumno sea remitido por el docente al Comité de Promoción, deberá participar del proceso y en actividades de refuerzo. (Ver procesos)

LA APELACIÓN: Ante cualquier sanción este recurso será ante la instancia del superior jerárquico del Rector o Director; es decir el jefe de Núcleo 935.

CONTRATO PEDAGÓGICO
NOTA: Los padres de familia al firmar la matricula están aceptando los contenidos del presente manual y comprometerse a apoyar y a aceptar su responsabilidad frente a la comunidad educativa y al centro educativo.
CONCEPTO: Acuerdo ó pacto, oral ó escrito entre dos ó más personas, por el que se contraen escritos derechos y obligaciones recíprocos de las partes.
En el centro educativo el Manzanillo se firmará 2 tipos de contrato:
1. Contrato académico.
2. Contrato disciplinarios.
El contrato pedagógico es un instrumento pedagógico exigiendo por el centro educativo al estudiante y a su familia, cuando este ha presentado dificultades académicas normativas y lo de identificación institucional y que después de un claro seguimiento el centro da la última oportunidad para que el estudiante, con la ayuda de sus padres cambie de actitud.
El contrato tendrá los siguientes pasos:
a. Identificación de las conductas a mejorar.
b. Compromiso Explicito al padre de familia.
c. Garantías del contrato.
d. Firmas.

CONDUCTO REGULAR
Entiéndase como conducto regular el proceso mediante el cuál se evalúan los diferentes comportamientos del alumno llevado en diferentes instancias.
PROFESORES DEL ALUMNO.
Será quien ejercerá la acción formativa- disciplinaria teniendo en cuenta el proceso definido por el manual, informar por escrito al padre de familia la presunta comisión de la falta, el proceso a seguir o seguido y le informará además de que tiempo dispone para hacer los descargos correspondientes.

DIRECTOR.
Recibirá el caso si las conductas persisten y la falta afecta a otros estudiantes
CONSEJO ACADÉMICO.
Cuando la falta afecta a otros alumnos y afecta la hoja de vida del estudiante
PARÁGRAFO: Agotadas la instancias volverá a actuar la Directora con el Contrato Pedagógico.
COMITÉ DE EVALUACIÓN.
Estudiará los casos del estudiante que estén por fuera del 5% y no aprueben logros mínimos o áreas específicas.

NOTA: los padres de familia dispondrán de 1 a 3 días hábiles para formalizar compromisos y hacer descargos.

4 comentarios:

  1. COMPAÑEROS EDUCADORES; LOS INVITO A HACER UNA LECTURA CONCIENZUDA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. DEBIDO PROCESO PARA MAÑANA HACER CONVERSATORIO A PROFUNDIDAD CONTEXTUALIZANDOLO CON LA REALIDAD DEL CENTRO EDUCATIVO.

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  2. El debido proceso es muy largo, casi siempre el beneficiado es el alumno; pero para curarse en salud hay que hacerlo.

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  3. buena noche amigos sera legal que si un alumno comete una falta por ejemplo de pelea con un compañero colocarlo hacer una exposicion frente a todo el liceo sobre la violencia

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  4. muy importante informaciòn. gracias

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