jueves, 26 de agosto de 2010

METAS PLAN DE MEJORAMIENTO

MARCO DE REFERENCIA

La Ley general de educación; ley 115 de 1994, hace explicita la necesidad de formar a los estudiantes para LA PARTICIPACIÓN, además de que define espacios de participación para otros miembros de la comunidad educativa incluidos los padres; por lo tanto se hace indispensable conceptualizar acerca del concepto de participación, el qué, el cómo, el cuando. Que a su vez lo convierte en parte importante del proceso de enseñanza aprendizaje, además del reconocimiento del valor de los aportes de estos otros integrantes, por lo cual la PARTICIPACIÓN se entiende como:

* Es un proceso social que se da en múltiples escalas y espacios.

* Requiere de un grado creciente de compromiso y responsabilidad.

* Debe ser potenciada a través de la Educación.

* En la participación se presentan grados o niveles:

Un primer nivel que significa “tomar parte” que remite a un grado mínimo de interés y permanencia, un segundo nivel, que busca que los usuarios “sean Consultados” sobre la definición de un programa o proyecto; un tercer nivel de “cogestión” que implica una intervención directa del sujeto en su definición y desarrollo , un cuarto nivel de “autogestión “ ,que constituye propiamente una toma de decisiones a partir de las propias necesidades de los sujetos.
 
JUSTIFICACIÓN

Teniendo en cuenta que la participación activa y organizada posibilita el crecimiento del CE y su proyección dentro de la comunidad a la pertenece, ya que durante años anteriores ha sido una constante la escasa participación y el poco sentido de pertenencia; debido a la escasa formación e interés por participar.

El presente proyecto, que pretende entonces definir como deben participar los diferentes estamentos de acuerdo con los parámetros y funciones definidas por la ley. Para que el apoyo sea significativo y redunde en el beneficio de todos los miembros de la comunidad educativa, ESPECIALMENTE los estudiantes.

La educación de calidad está orientada al desarrollo de las competencias cognoscitivas fundamentales de las y los alumnos, principalmente las comunicativas: lectura, escritura, saber hablar y saber escuchar. Además una educación de calidad formará en los alumnos la disposición de seguir aprendiendo a lo largo de su vida de manera autónoma. Propiciará también la capacidad de plantear y resolver problemas, predecir resultados y desarrollar el pensamiento crítico, la imaginación especial y el pensamiento deductivo; introducirá al mundo social y al mundo natural entendiendo éstos como procesos dinámicos y en evolución, y formará buenos ciudadanos que vivan en la democracia y la cultura de la legalidad. Estos son los aprendizajes que deberían de fomentar los profesores y el sistema educativo en su conjunto. Resumiendo, digamos que habrá calidad en la educación cuando se logre formar algunas capacidades generales de la inteligencia para pensar por cuenta propia, de modo lógico, crítico e imaginativo; y se formen además los valores necesarios para la vida democrática y ciudadana.
 
OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL:

o Mejorar en los estudiantes los resultados académicos en pruebas internas y externas, promoviendo la participación activa de todos los estamentos del Gobierno Escolar y de los padres de familia.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:

o Actualizar los planes de estudio y el PEI, con el aporte de todos los miembros del consejo academico.

o Definir estrategias de participación y seguimiento.

o Mejorar el sentido de pertenecía y la responsabilidad de los educadores en las actividades y proyectos que le corresponde programar.

o Mejorar la participación y la corresponsabilidad de los docentes en los proyectos y procesos del ce.

o Motivar el reconocimiento y participación de los padres en los proyectos y procesos del CE.

o Integrar las familias de los niños a las actividades del Centro Educativo por medio de actividades recreativas y formativas.

o Integra proyectos e iniciativas que orienten las actividades del Centro Educativo en cada una de las gestiones con la participación del consejo académico.

o Fomentar el liderazgo del consejo académico y directivo por medio de la designación de funciones del comité de calidad.

o Estudiar el presupuesto anual del Centro Educativo y definir actividades de apoyo a los proyectos y pautas de compras.

o Reunir periódicamente todos los estamentos del CE para establecer pautas a seguir, programar las actividades y evaluar los proyectos.

o Integrar a otras instituciones del sector (comunitarios, madres comunitarias, acueductos, etc.) para fomentar la unión de los habitantes del sector.

METAS:

o Responsabilidad y participación del 100% de los educadores del CE, planeación de actividades, realización de evalucaión evidenciado en la entrega de informes y la particicipación en las comisiones.

o Participación activa de los padres

o Establecer parametro de comunicación para que haya participación del 100% de educadores, al menos el 90% de los padres y del 80% de la comunidad en las actividades programadas como reuniones, capacitaciones, escuelas de padres y demás procesos del CE.

o Apropiación y sentido de pertenecia del 100% de los educadores y del 100% del gobierno escolar, por medio de la presentación de propuestas y participación en las mismas.

o Procesos de formación al 10% de los padres para impactar positivamente la Calidad de vida de los estudiantes y de sus familias

o Participación del 100% de lo educadores en las iniciativas y proyectos para el mejoramiento de la calidad de las familias. Al menos 2 educadores se involucren en alguna iniciativa comunitaria.

martes, 24 de agosto de 2010

PLAN DE MEJORAMIENTO 2010

JUSTIFICACIÓN
Teniendo en cuenta que la participación activa y organizada posibilita el crecimiento del CE y su proyección dentro de la comunidad a la pertenece, ya que durante años anteriores ha sido una constante la escasa participación y el poco sentido de pertenencia; debido a la escasa formación e interés por participar.
El presente proyecto, que pretende entonces definir como deben participar los diferentes estamentos de acuerdo con los parámetros y funciones definidas por la ley. Para que el apoyo sea significativo y redunde en el beneficio de todos los miembros de la comunidad educativa, ESPECIALMENTE los estudiantes.

La educación de calidad está orientada al desarrollo de las competencias cognoscitivas fundamentales de las y los alumnos, principalmente las comunicativas: lectura, escritura, saber hablar y saber escuchar. Además una educación de calidad formará en los alumnos la disposición de seguir aprendiendo a lo largo de su vida de manera autónoma. Propiciará también la capacidad de plantear y resolver problemas, predecir resultados y desarrollar el pensamiento crítico, la imaginación especial y el pensamiento deductivo; introducirá al mundo social y al mundo natural entendiendo éstos como procesos dinámicos y en evolución, y formará buenos ciudadanos que vivan en la democracia y la cultura de la legalidad. Estos son los aprendizajes que deberían de fomentar los profesores y el sistema educativo en su conjunto. Resumiendo, digamos que habrá calidad en la educación cuando se logre formar algunas capacidades generales de la inteligencia para pensar por cuenta propia, de modo lógico, crítico e imaginativo; y se formen además los valores necesarios para la vida democrática y ciudadana.

OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL:
o Mejorar en los estudiantes los resultados académicos en pruebas internas y externas, promoviendo la participación activa de todos los estamentos del Gobierno Escolar y de los padres de familia.

OBJETIVOS ESPECIFICOS:
o Actualizar los planes de estudio y el PEI, con el aporte de todos los miembros del consejo academico.
o Definir estrategias de participación y seguimiento.
o Mejorar el sentido de pertenecía y la responsabilidad de los educadores en las actividades y proyectos que le corresponde programar.
o Mejorar la participación y la corresponsabilidad de los docentes en los proyectos y procesos del ce.
o Motivar el reconocimiento y participación de los padres en los proyectos y procesos del CE.
o Integrar las familias de los niños a las actividades del Centro Educativo por medio de actividades recreativas y formativas.
o Integra proyectos e iniciativas que orienten las actividades del Centro Educativo en cada una de las gestiones con la participación del consejo académico.
o Fomentar el liderazgo del consejo académico y directivo por medio de la designación de funciones del comité de calidad.
o Estudiar el presupuesto anual del Centro Educativo y definir actividades de apoyo a los proyectos y pautas de compras.
o Reunir periódicamente todos los estamentos del CE para establecer pautas a seguir, programar las actividades y evaluar los proyectos.
o Integrar a otras instituciones del sector (comunitarios, madres comunitarias, acueductos, etc.) para fomentar la unión de los habitantes del sector.

METAS:
o Responsabilidad y participación del 100% de los educadores del CE, planeación de actividades, realización de evalucaión evidenciado en la entrega de informes y la particicipación en las comisiones.
o Participación activa de los padres
o Establecer parametro de comunicación para que haya participación del 100% de educadores, al menos el 90% de los padres y del 80% de la comunidad en las actividades programadas como reuniones, capacitaciones, escuelas de padres y demás procesos del CE.
o Apropiación y sentido de pertenecia del 100% de los educadores y del 100% del gobierno escolar, por medio de la presentación de propuestas y participación en las mismas.
o Procesos de formación al 10% de los padres para impactar positivamente la Calidad de vida de los estudiantes y de sus familias
o Participación del 100% de lo educadores en las iniciativas y proyectos para el mejoramiento de la calidad de las familias. Al menos 2 educadores se involucren en alguna iniciativa comunitaria.

MARCO DE REFERENCIA

La Ley general de educación; ley 115 de 1994, hace explicita la necesidad de formar a los estudiantes para LA PARTICIPACIÓN, además de que define espacios de participación para otros miembros de la comunidad educativa incluidos los padres; por lo tanto se hace indispensable conceptualizar acerca del concepto de participación, el qué, el cómo, el cuando. Que a su vez lo convierte en parte importante del proceso de enseñanza aprendizaje, además del reconocimiento del valor de los aportes de estos otros integrantes, por lo cual la PARTICIPACIÓN se entiende como:

* Es un proceso social que se da en múltiples escalas y espacios.
* Requiere de un grado creciente de compromiso y responsabilidad.
* Debe ser potenciada a través de la Educación.
* En la participación se presentan grados o niveles:

Un primer nivel que significa “tomar parte” que remite a un grado mínimo de interés y permanencia, un segundo nivel, que busca que los usuarios “sean Consultados” sobre la definición de un programa o proyecto; un tercer nivel de “cogestión” que implica una intervención directa del sujeto en su definición y desarrollo , un cuarto nivel de “autogestión “ ,que constituye propiamente una toma de decisiones a partir de las propias necesidades de los sujetos.

EDUCACIÓN Y DEMOCRACIA
* Enseñar la Comprensión Humana: La comprensión es al mismo tiempo medio y fin de la comunicación humana ,sin embargo la educación para la comprensión está ausente de nuestras enseñanzas .El planeta necesita comprensiones mutuas en todos los sentidos y una alternativa para lograrlas es la educación por la paz.
* Ética del Género Humano: Significa establecer una relación de control mutuo entre la sociedad y los individuos por medio de la democracia y concebir la humanidad como una comunidad planetaria.

Ley 715 del 2001

Cuyo objetivo es; el de asegurar una educación pública de mayor calidad, con posibilidades ciertas de ampliar cobertura. Define lo que es una institución educativa; impulsa la creación de colegios completos, responsable de la calidad educativa para lo cual debe combinar sus recursos y talentos, Evaluación permanente de los docentes, de los rectores y de la institución (estudiantes), además sintetiza y aclara los deberes de los docentes y directivos, son:

a. Buscar de manera permanente el incremento de la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, la innovación y el mejoramiento continuo.
b. Asumir responsablemente los procesos de autodesarrollo personal y profesional.
c. Aceptar los traslados por necesidades del servicio que decrete la autoridad competente.
d. Participar en el diagnóstico, planeamiento, ejecución y evaluación del proyecto educativo institucional, en las actividades de su institución y en las de integración con la comunidad.
e. Cumplir con el calendario, jornadas y horario escolar.
f. Desarrollar el plan de estudios establecido para el nivel y área que le corresponde atender.
g. Educar a los alumnos en los principios democráticos y el respeto a la ley.
h. Observar una conducta acorde con la función educativa y con los fines, objetivos, derechos, principios y criterios establecidos en la ley general de educación, en los lugares de trabajo y fuera de ellos.
i. Mantener relaciones cordiales con los padres, acudientes, alumnos y compañeros de trabajo, promoviendo una firme vinculación y una cooperación vital entre la escuela y la comunidad, y respetar a las autoridades educativas.
j. Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la Nación y el respeto a las instituciones y a los símbolos patrios.

Recordemos pues que las teorías de Ausbel, Piaget, y Vigotsky; donde cada uno de estos personajes nos describe cómo es la concepción de los alumnos con respecto al aprendizaje.
La teoría de Ausbel acuña el concepto de "aprendizaje significativo" para distinguirlo del repetitivo o memorístico y señala el papel que juegan los conocimientos previos del alumno en la adquisición de nuevas informaciones. La significatividad sólo es posible si se relacionan los nuevos conocimientos con los que ya posee el sujeto. Ausbel hace una fuerte crítica al aprendizaje por descubrimiento y a la enseñanza mecánica repetitiva tradicional, al indicar que resultan muy poco eficaces para el aprendizaje de las ciencias. Estima que aprender significa comprender y para ello es condición indispensable tener en cuenta lo que el alumno ya sabe sobre aquello que se le quiere enseñar.

Las investigaciones del psicólogo y epistemólogo suizo Piaget constituyen una importante aportación para explicar como se produce el conocimiento en general y el científico en particular. Marcan el inicio de una concepción constructivista del aprendizaje que se entiende como un proceso de construcción interno, activo e individual. El desarrollo cognitivo supone la adquisición sucesiva de estructuras mentales cada vez más complejas; dichas estructuras se van adquiriendo evolutivamente en sucesivas fases o estadios, caracterizados cada uno por un determinado nivel de desarrollo.

El concepto básico aportado por Vigotsky es el de "zona de desarrollo próximo". Según el autor, cada alumno es capaz de aprender una serie de aspectos que tienen que ver con su nivel de desarrollo, pero existen también otros fuera de su alcance que pueden ser asimilados con la ayuda de un adulto o de iguales más aventajados. Este concepto es de gran interés, ya que define una zona donde la acción del profesor es de especial incidencia. En este sentido la teoría de Vigotsky concede al docente un papel esencial al considerarle facilitador del desarrollo de estructuras mentales en el alumno para que sea capaz de construir aprendizajes más complejos. Por consiguiente, el profesor adquiere especial protagonismo, al ser un agente que facilita el andamiaje para la superación del propio desarrollo cognitivo personal.

No cabe duda que una mayor o menor profesionalización, por lo que se vislumbra en gran medida en el ejercicio de la práctica profesional y de la experimentación que posteriormente posibilita la formación permanente. Si el profesor realiza una intervención educativa falta de rigurosidad, y sin los adecuados instrumentos para analizar la realidad, su profesionalidad, a corto o largo plazo, mostrara grabes deficiencias, con una perdida de tiempo y calidad considerable.
Hoy por hoy podemos decir que la practica docente es fundamental, para que el futuro docente conozca la realidad del trabajo docente y vea y plasme allí lo aprendido en las aulas las técnicas, métodos pedagógicos entre otros para un normal desenvolvimiento del proceso de enseñanza. Al mismo tiempo aprenderá de los errores que este tenga y así adquirir mayor experiencia en el campo específico de la didáctica.

La práctica docente busca incorporar en el marco de la formación del profesorado, la reflexión y experimentación sobre la propia practica del profesorado es obvia, se trata pues de completar su formación centrándose mas específicamente en:
- Valorar críticamente las experiencias que se vayan realizando.
- Validar los objetivos, contenidos, métodos, propuesta curriculares utilizados en el aula.
- Experimentar y controlar estrategias de actuación psicopedagógica.
- Participar directamente y junto a los compañeros, en las actividades específicamente profesionales.

La docencia es una práctica social en la que los sujetos que participan se caracterizan por tener autoconciencia y conciencia recíproca acerca de lo que se trata.
Los mismos van afirmando su identidad en dicha práctica a medida que los otros le otorgan el reconocimiento. Estas prácticas sociales son históricamente determinadas, pues hay historias de vida y trayectorias de los sujetos que interactúan y también de las instituciones.
La práctica docente como práctica social genera conflictos y contradicciones. Las que devienen de condiciones preestablecidas (legales, curriculares, organizativas), a las que los docentes deben ajustarse, sin dejar de lado las pautas sociales y culturales.
El alto grado de complejidad que caracteriza a toda práctica social, se manifiesta en la singularidad de los escenarios donde se desarrollan las prácticas docentes, atravesados por el contexto. La multiplicidad de dimensiones que actúan sobre ella y la simultaneidad desde donde éstas se expresan, hacen que los resultados sean imprevisibles. Desde una perspectiva diferente, la enseñanza se vincula con los procesos de transmisión y apropiación de conocimientos. Se la comprende entonces como práctica docente, resignificándola y ampliando su sentido.Si en esta práctica se consideran todos estos factores, mas otros como las decisiones éticas y políticas que en muchos casos deben asumir los docentes, es imposible universalizar.

Por ello y argumentando con Gimeno Sacristán (1990), de un profesional formado en competencias técnicas específicas, se pasa a considerar la necesidad de formar un profesional con competencias contextuales. Esto es, un profesional capaz de realizar un análisis crítico de la realidad circundante y de crear propuestas alternativas frente a las distintas situaciones en las que tendrá que actuar.
Ante la diversidad de mandatos sociales de los que se hizo cargo la escuela, se trató de dar sentido a la acción, en un marco teórico y con cierto grado de estabilidad, revelándose que las prácticas obedecen a una lógica que las define y otorga singularidad. Esta última característica es el objeto que justifica abrir un espacio de reflexión que contribuya a investigar esta singularidad de las prácticas docentes como prácticas sociales.

Se la define como una práctica ambigua, por cuanto es resultado de “principios de percepción y de acción nunca explícitos”. Tiene como rasgo característico que se desarrolla en el tiempo, por lo que de él recibe su forma”como orden de una sucesión y su sentido”. Por ello se dice irreversible.
La práctica juega en el tiempo y con el tiempo, lo que le otorga un ritmo, un tempo, una orientación. El ritmo está marcado por la acción que se lleva a cabo en el tiempo.
La práctica docente configura un juego dinámico, en el que los participantes están sujetos a la improvisación e incertidumbre.

Se generan estrategias, por las que lo que aparentemente son intervalos en el tiempo, que presuponen retrasos en las acciones, son formas de manipulación, para luego “sacar partido”.
Otra característica en la práctica docente son los habitus, dado que la comprensión del mundo social aparece como evidente, excluyendo interrogantes sobre sus propias condiciones de posibilidad.
Bourdieu pone énfasis en el peso de las experiencias sociales tempranas del sujeto como estructurantes del habitus, el que se construye socialmente, permitiendo toma de posiciones en esas prácticas. “El habitus es el principio generador de estrategias”.
En la práctica docente se manifiesta comprensión de la situación con un sentido práctico despojado de preconceptos, permitiendo distinguir y seleccionar rasgos o acciones pertinentes, dejando de lado lo que no es necesario decir por darlo por supuesto. Todo esto nos habla de una lógica práctica, cuyo dominio es constitutivo de la trayectoria de un sujeto.

La lógica de las prácticas produce, desde la lógica del observador, respuestas que no entran en los parámetros acordados, dando la impresión de no comprender lo que “allí ocurre”. En estas situaciones se pone en acción el sentido práctico, haciendo desaparecer las urgencias: “... hacer discontinuo el tiempo continuo, ver en un instante hechos que sólo se producen en una sucesión, hacer aparecer relaciones que en la acción son imperceptibles”.

Las prácticas de la enseñanza, en un proceso de formación docente, se formulan con el propósito de ser reflexionadas desde las teorías que supuestamente las orientan, asumiendo como planteo metodológico la “progresiva reconstrucción de las prácticas”

LEY 1098 DE INFANCIA Y ADOLECENCIA

Expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, con el fin de garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Establece que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud integral, por tanto ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña que requiera atención en salud. En relación con los niños, niñas y adolescentes que no figuren como beneficiarios en el régimen contributivo o en el régimen subsidiado, el costo de tales servicios estará a cargo de la Nación. Incurrirán en multa de hasta 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes las autoridades o personas que omitan la atención médica de niños y menores. Señala las obligaciones especiales del sistema de seguridad social en salud para asegurar el derecho a la salud de los niños, las niñas y los adolescentes.

ARTICULO 14. LA Responsabilidad PARENTAL. La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación Inherente a la orientación. Cuidado. Acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos.
En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan 131 ejercicios de sus derechos.

Artículo 42. Obligaciones especiales de las instituciones educativas. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones:
1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.
12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

Artículo 43. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.
3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

Artículo 53. Medidas de restablecimiento de derechos. Son medidas de restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes las que a continuación se señalan. Para el restablecimiento de los derechos establecidos en este código, la autoridad competente tomará alguna o varias de las siguientes medidas:
1. Amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico.
2. Retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la actividad que amenace o vulnere sus derechos o de las actividades ilícitas en que se pueda encontrar y ubicación en un programa de atención especializada para el restablecimiento del derecho vulnerado.
3. Ubicación inmediata en medio familiar.
4. Ubicación en centros de emergencia para los casos en que no procede la ubicación en los hogares de paso.
5. La adopción.
6. Además de las anteriores, se aplicarán las consagradas en otras disposiciones legales, o cualquier otra que garantice la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes.
7. Promover las acciones policivas, administrativas o judiciales a que haya lugar.

Parágrafo 1°. La autoridad competente deberá asegurar que en todas las medidas provisionales o definitivas de restablecimiento de derechos que se decreten, se garantice el acompañamiento a la familia del niño, niña o adolescente que lo requiera.

Parágrafo 2°. En el caso de niños, niñas y adolescentes víctimas de desastres naturales u otras situaciones de emergencia, las autoridades tomarán cualquiera de las medidas establecidas en este artículo y las demás que indiquen las autoridades encargadas de la atención de los desastres para la protección de sus derechos.

Artículo 54. Amonestación. La medida de amonestación consiste en la conminación a los padres o a las personas responsables del cuidado del niño, niña o adolescente sobre el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden o que la ley les impone. Comprende la orden perentoria de que cesen las conductas que puedan vulnerar o amenazar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, con la obligación de asistir a un curso pedagógico sobre derechos de la niñez, a cargo de la Defensoría del Pueblo, so pena de multa convertible en arresto.

RECONSTRUCCIÓN DEL PROBLEMA

Consolidar el sentido de pertenecía por medio de la participación en las organizaciones del Centro Educativo, tanto de directivas, como de educadores y demás miembros de la comunidad.
¿Se puede participar con respeto?
¿Se puede brindar respeto al que participa?
¿Cómo se logra la participación activa y responsable de todos los educadores del CE?
¿Cómo motiva participación de los padres el educador que no participa y no se involucra en los proyectos e iniciativas del CE?

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
LEY 115 DE 1994
ARTICULO 6o. Comunidad educativa. De acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política, la comunidad educativa participará en la dirección de los establecimientos educativos, en los términos de la presente Ley. La comunidad educativa está conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo.

Fundamentalmente la evaluación del proyecto se hará a partir de la observación directa; con el cambio de actividades, conversatorios y encuestas de satisfacción.  Durante el año se realizarán reuniones en las cuales se converse sobre los avances y aspectos a mejorar.


PLAN DE MEJORAMIENTO 2010

JUSTIFICACIÓN